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Proyectos - Estudio de viabilidad
FINANCIACIÓN DE ESTUDIOS DE VIABILIDAD
El FEV es un instrumento de política comercial, creado en 1995 que tiene por objetivo la internacionalización de la empresa española mediante la introducción de ingenierías, consultoras, tecnologías y know how españoles en las fases de preparación de proyectos o de establecimiento de un marco sectorial de regulación o planificación regional en terceros países.
Se instrumenta mediante la financiación de estudios de viabilidad (EV) realizados por empresas españolas en países extranjeros.
¿Qué financia la Línea FEV?
Con FEV se pueden financiar tres tipos de estudios:
A).- Estudios vinculados a proyectos concretos: estudios de factibilidad o pre-factibilidad de un proyecto.
B).- Estudios de ámbito sectorial: análisis de un sector o región determinada, con el objetivo de identificar programas o proyectos que puedan ser de interés para las empresas españolas.
C).- Estudios de consultoría para la modernización institucional en el ámbito económico: consultoría, preparación de reformas institucionales, formación, elaboración de normas y reglamentos, asistencia técnica y proyectos piloto.
La financiación de los estudios puede realizarse en el marco de una de las modalidades en las que se estructura el FEV, según el origen de la solicitud:
1).- Modalidad Pública. La solicitud procede de las autoridades del país beneficiario, que recibe la donación del estudio de viabilidad realizado por una empresa española. Se financia el 100% del coste del estudio, con los recursos asignados en el Fondo de Ayuda al Desarrollo para la Internacionalización. Esta modalidad es competencia de la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
2).- Modalidad Privada. A diferencia de la Modalidad Pública, no es una donación, sino una cofinanciación reembolsable, y no cubre el importe total del estudio. El solicitante es en este caso una empresa española no consultora, que deberá suscribir con CESCE la póliza de seguro de estudio de viabilidad para cubrir el riesgo bien de no resultar adjudicataria del proyecto, o bien de que éste no llegue a realizarse porque así lo aconsejen las conclusiones del EV . Esta modalidad se financia con cargo a la cuenta del Estado en el presupuesto de CESCE, es competencia de la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y su gestión corresponde a CESCE.
3).- Modalidad Multilateral. Las propuestas proceden de las Instituciones Financieras Multilaterales (principalmente Bancos de Desarrollo) en las que España mantiene Fondos de Consultoría, destinados a la financiación no reembolsable de asistencia técnica para los proyectos que realizan las IFM. Los recursos proceden del Fondo de Ayuda al Desarrollo para Instituciones Financieras Internacionales y para la Gestión de la Deuda Externa (FIDE) y su gestión corresponde a la Dirección General de Financiación Internacional del Ministerio de Economía y Hacienda.
¿Qué países son elegibles?
No hay países excluidos a priori, si bien en el análisis de las solicitudes se tienen en cuenta las orientaciones de la política comercial española, considerando prioritarios a algunos países de Iberoamérica y Asia (entre los que destacan Méjico, Brasil, China, Indonesia y Vietnam), nuevos miembros de la UE y países candidatos a la adhesión.
¿Qué empresa y sectores son elegibles?
El FEV está abierto para todas las empresas españolas, si bien en la Modalidad Privada el titular de la póliza tiene que ser la empresa que vaya a llevar a cabo el proyecto, no la consultora que realice el estudio.
Para garantizar la asignación de los estudios a las empresas españolas, no se aceptarán las expresiones de interés presentadas por UTEs o asociaciones de otro tipo en las que participen empresas extranjeras, bien del país beneficiario o de un tercer país.
En el caso de empresas españolas con filial en el país beneficiario, la expresión de interés deberá ser presentada por la empresa matriz. Si las tareas necesarias para la realización del estudio van a ser realizadas total o parcialmente por la empresa filial, este hecho se tendrá en cuenta a efectos de aumentar el límite superior establecido para los gastos locales, en un análisis caso por caso y siempre que se aporte la documentación justificativa de la constitución y actividad de la empresa filial.
Tampoco hay restricciones en cuanto a los sectores. Se consideran prioritarios, aunque de forma indicativa y sin carácter excluyente los siguientes:
- Energías renovables, especialmente eólica y fotovoltaica
- Tratamiento y gestión de aguas, alcantarillado
- Tratamiento de residuos sólidos
- Medio ambiente
- Transporte
- Infraestructuras y obra civil
- Equipamiento social básico (salud y educación)
- Generación y distribución de energía
- Gestión y explotación de recursos turísticos
- Tecnología (biotecnología, tecnologías de la información)
Con carácter general, los criterios básicos de elegibilidad se refieren, por una parte, al interés para las empresas españolas del proyecto o actuaciones que se deriven del estudio y, por otra, a los aspectos técnicos del estudio, entre ellos el cumplimiento de normativas internacionales, la correspondencia entre el contenido del estudio y el presupuesto planteado, el análisis coste-beneficio o la verificación de la inexistencia de un estudio similar.
En los estudios vinculados a proyectos concretos se valora especialmente la capacidad del proyecto para generar exportaciones de bienes y servicios españoles (“arrastre exportador”) o su potencial interés desde el punto de vista de la inversión, la existencia de empresas españolas interesadas y la disponibilidad de financiación que permita prever con cierta seguridad que el proyecto se va a llevar efectivamente a cabo.
En los estudios de ámbito sectorial el análisis se centra en el interés del sector propuesto en el país, valorándose positivamente los sectores en los que exista presencia de empresas españolas o potencial de penetración, así como la importancia del sector para el desarrollo del país.
En los estudios de consultoría para la modernización institucional en el ámbito económico se tiene en cuenta principalmente la posibilidad de contribuir a incrementar la presencia e influencia en la Administración económica del país, a mejorar el entorno regulatorio o institucional en el que operan las empresas españolas y a fortalecer las capacidades del sector público.
Asimismo, en la Modalidad Pública la propuesta debe plantearse por contacto directo entre las Administraciones, requiriéndose una manifestación explícita por escrito del interés de las autoridades del país beneficiario en la realización del proyecto o aplicación de las conclusiones del estudio.
Si un estudio de viabilidad se ha financiado mediante el FEV, el proyecto que de él se derive sólo podrá ser financiado con cargo al FAD con carácter excepcional y en consonancia con las prioridades de la política comercial española, entre las que se prestará especial atención a impulsar la participación del mayor número posible de empresas, favoreciendo la internacionalización competitiva de las mismas.
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